Ninguna Comisión podrá examinar asuntos de la competencia de otra, a menos que se trate de materias o problemas comunes, en cuyo caso el Presidente del Pleno convocará sesión conjunta de las Comisiones afectadas, previa propuesta de los Presidentes de las respectivas Comisiones. La consulta y examen concretode los expedientes, https://reformasenelsectorturstic83716.blogdon.net/reformas-en-el-mbito-cultural-de-zaragoza-an-overview-35809294