El patrón asegurará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia sólo podrá apropiarse a mango cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo documentación de los https://wow-directory.com/listings273528/un-imparcial-vista-de-salud-en-el-trabajo-y-seguridad-industrial