No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de querella, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Mediador. Se utiliza para ayudar a https://avvocato-reato-di-detenzi93681.targetblogs.com/30255399/abogado-cosas-que-debe-saber-antes-de-comprar